Autoconstitución en la ética de Platón y Kant

Autores/as

  • Christine Korsgaard Harvard University
  • Javier Fuentes González Universität Bonn
  • Eva Monardes Pereira Universidad de Chile

Resumen

Platón y Kant plantean un modelo “constitucional” del alma, en el que la razón y el apetito o la pasión tienen diferentes roles estructurales y funcionales en la generación de la motivación, en contraposición al común “modelo combativo,” en el que son mostrados como fuentes de motivación independientes que luchan por el control. Desde el punto de vista del modelo constitucional, podemos explicar qué hace que una acción sea diferente de un evento. Lo que hace que una acción sea atribuible a una persona y, por lo tanto, lo que la hace una acción, es que surge desde la constitución de la persona y, por lo tanto, desde la persona como un todo, y no desde una fuerza que actúa sobre o en ella. Esto, a su vez, implica una explicación de lo que hace buena a una acción: lo que hace que una acción sea buena es que se delibere sobre ella y se la elija de una manera que unifique a la persona en un sistema constitucional. A través de la acción deliberativa nos constituimos como agentes unificados. La justicia platónica y el imperativo categórico de Kant se muestran como estándares normativos para la acción porque son principios de autoconstitución.

Palabras clave:

acción, autonomía, imperativo categórico, constitución, deliberación, estándar interno, justicia, Kant, normatividad, Platón, universalizabilidad, voluntad